PAREER: Todo lo que necesitas saber sobre el programa de ayuda para la rehabilitación energética en edificios

PAREER: Todo lo que necesitas saber sobre el programa de ayuda para la rehabilitación energética en edificios

rehabilitación energéticaEl ministerio de Industria, Energía y Turismo, a través del Instituto para la Diversificación y Ahorro de Energía (IDAE) ha creado el Programa de Ayudas para la Rehabilitación Energética de Edificios Existentes (Programa PAREER-CRECE). El objetivo es impulsar la puesta en marcha de acciones que hagan que los edificios sean más eficientes desde el punto de vista energético y puedan cumplir así las pautas establecidas por Europa en su Directiva 2012/27/UE.

El programa destinará 200 millones de euros a ayudas que servirán para realizar reformas en edificios y viviendas.

Existen cuatro tipos de intervenciones que cubren las ayudas y subvenciones:

  • Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica: se establece una ayuda base del 30% sin contraprestación y un préstamos máximo del 60%
  • Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y de iluminación: ayuda base del 20% sin contraprestación y máximo préstamo del 70%
  • Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas: ayuda base sin contraprestación del 25% y préstamo máximo del 65%
  • Sustitución de energía convencional por energía geotérmica en las instalaciones térmicas: ayuda base sin contraprestación del 30% y préstamos máximo del 60%

Además, existe una ‘Ayuda Adicional’ sin contraprestación que se otorgará por criterio social, eficiencia energética o actuación integrada.

a) Criterio social: actuaciones que se realicen en edificios  que hayan sido calificados como Viviendas de Promoción Pública y Viviendas de Protección Oficial en Régimen Especial, por el órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente, o bien las actuaciones sean realizadas en edificios de viviendas situados en las Áreas de Regeneración y Renovación Urbanas, de acuerdo con el Plan Estatal de Fomento del Alquiler de Viviendas, la Rehabilitación Edificatoria, y la Regeneración y Renovación Urbanas 2013-2016.

b) Eficiencia energética: actuaciones que eleven la calificación energética del edificio para obtener una clase energética “A” o “B”, en la escala de CO2, o bien, incrementen en (2) dos letras la calificación energética de partida.

c) Actuación integrada: actuaciones que realicen simultáneamente la combinación de dos o más tipologías de actuación.

¿Cuáles son las características de los préstamos?

Tipo de interés: Euribor + 0,0 %
Plazo máximo de amortización de los préstamos: 12 años (incluido un período de carencia opcional de 1 año)
Garantías: Aval bancario, contrato de seguro de caución, o depósito en efectivo a favor del IDAE en la Caja General del Depósitos del  Ministerio de Economía y Competitividad, por importe del 20% de la cuantía del préstamo.
Las ayudas otorgadas en el marco del presente  Programa, podrán ser objeto de cofinanciación con fondos FEDER del periodo 2014-2020, dentro del Programa Operativo de Crecimiento Sostenible.

¿Quién puede conseguir estas ayudas?

Estas ayudas pueden ser solicitadas por los siguientes entes:

  • Propietarios –persona física o jurídica privada o pública- de edificios ya existentes sea cual sea su uso.
  • Las comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de edificios residenciales que hayan sido constituidas conforme a la Ley de Propiedad Horizontal.
  • Propietarios de edificios que se hayan agrupado reuniendo los requisitos del artículo 396 del Código Civil y no por la Ley de Propiedad Horizontal.
  • Empresas que sean explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios, que así lo acrediten y tengan facultad para realizar las obras necesarias.
  • Empresas de servicios energéticos, como Remica.

¿Hasta cuándo puedo solicitar las ayudas?

Las ayudas podrán solicitarse hasta el 31 diciembre de 2016. Ahora bien, en caso de existir presupuesto remanente a la fecha de finalización del programa, y que la evolución de solicitudes lo hicieran recomendable, se podrá ampliar el plazo anterior como máximo hasta el 31 diciembre de 2020.

¿Demasiado complicado? Pide ayuda a una ESE

Muchos usuarios se encuentran con dificultades a la hora de enfrentarse a la gran cantidad de trámites para los que puede que no dispongan de tiempo. Un obstáculo que pueden vencer gracias a las empresas de servicios energéticos (ESE) como Remica, que en muchos casos son capaces de asumirlos y facilitar al tramitación.

¿Necesitas más información?

En el siguiente enlace encontrarás los documentos que tendrás que presentar en función del tipo de benerficiaro.

 

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